jueves, 5 de junio de 2014

Suprema Corte ordena a Colima autorizar un matrimonio homosexual

 Los jueces del máximo tribunal resolvieron hoy amparar a la pareja por considerar que las normas impugnadas son "discriminatorias”. // Foto: Notimex. .

La Suprema Corte de Justicia de México amparó hoy a una pareja homosexual para que se declare procedente su solicitud de matrimonio, rechazada en 2013 en el occidental estado de Colima, informó hoy el propio tribunal en un comunicado.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que “la exclusión del matrimonio a las parejas del mismo sexo es un acto de verdadera discriminación que no puede ser tolerado en un Estado de derecho como el nuestro”.

En este caso, dos hombres presentaron en 2013 su solicitud de matrimonio ante la Primera Oficialía del Registro Civil de Colima, que la consideró improcedente por contravenir diversos ordenamientos estatales.

Ello motivó que los afectados presentaran un recurso de amparo que fue otorgado por un juez estatal, fallo que fue impugnado por diversas autoridades de Colima, por lo que el caso llegó hasta la SCJN.

Los jueces del máximo tribunal resolvieron hoy amparar a la pareja por considerar que las normas impugnadas son “discriminatorias y violatorias al derecho al libre desarrollo de la personalidad, al limitar el matrimonio a parejas heterosexuales”.

También consideraron inconstitucionales algunas disposiciones que hacían referencia al matrimonio como la unión “entre un solo hombre y una sola mujer” con la finalidad “perpetuar la especie”.

Portavoces de la SCJN indicaron a Efe que este fallo se aplica únicamente a este caso por estar en revisión desde antes de que el Congreso de Colima aprobara la reforma al artículo 147 de la Constitución de ese estado.

Dicha reforma establece la figura jurídica de los “enlaces conyugales” para formalizar las uniones entre personas del mismo sexo, que tendrán los mismos derechos y obligaciones que los contrayentes del matrimonio civil.

“Es de mencionar que esta Primera Sala no pasa inadvertido que las normas impugnadas se reformaron, respectivamente, el 3 y 10 de agosto de 2013, al surgir en ellas la nueva institución denominada ‘relaciones conyugales’”, señaló la SCJN.

Sin embargo, añadió, “se estimó que ello no fue un impedimento para analizar los conceptos de violación planteados en la demanda”.

El matrimonio homosexual ya está reconocido legalmente en algunas entidades federativas de México, siendo pionera la Ciudad de México desde 2010.

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