El
Juzgado Primero de Distrito de Amparo en Materia de Penal aclaró que el
amparo que concedió al alcalde de Iguala, José Luis Abarca, no surte
efecto para delitos considerados como graves.
El
Juzgado con sede en el Distrito Federal recordó que el 6 de octubre de
2014, Abarca promovió demanda de amparo contra actos de autoridades
estatales, federales y jurisdiccionales, señalando como actos reclamados
órdenes de localización y/o búsqueda, presentación, detención, arraigo,
aprehensión y su ejecución.
La
autoridad jurisdiccional admitió la demanda a trámite y concedió la
suspensión provisional cuyos efectos, exclusivamente, son para que el
quejoso no sea privado de su libertad, con motivo de las órdenes
reclamadas, hasta en tanto se resuelva en definitiva el amparo, subrayó.
Sin
embargo, insistió en que la medida a favor de Abarca, relacionado con
la desaparición de 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa, no surte
efecto si las mencionadas órdenes reclamadas se refieren a delitos
considerados como graves.
El
órgano jurisdiccional detalló que hasta el momento 17 de las
autoridades señaladas como responsables han rendido los informes
correspondientes negando la existencia de los actos reclamados por el
quejoso.
Las
autoridades que han informado son 15 juzgados locales y federales del
Estado de Guerrero y dos autoridades de la Procuraduría General de
Justicia en el estado de Guerrero.
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